Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 06/05/2015
Núm. Acuerdo: 170/2015
Núm. Expediente: 271/113
Autor: | Sr. Representante General del partido político Ahora Madrid |
Objeto:
Consulta relativa a la posibilidad de que una misma persona asuma la condición de apoderado del Partido Ahora Madrid y del partido político Podemos concurriendo ambas formaciones políticas a procesos electorales diferentes.
Acuerdo:
La legislación electoral no prohíbe que una misma persona pueda ser designada como apoderado de un partido para las elecciones municipales y de otro para las elecciones autonómicas. De este Acuerdo se dará trasladado a las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma y a las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento, y en el caso de estas últimas, su traslado a las Juntas Electorales de Zona.
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES
ELECCIONES SIMULTÁNEAS