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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 13/05/2015

Núm. Acuerdo: 208/2015

Núm. Expediente: 293/531

Autor: Partido VOX

Objeto:

Recurso interpuesto por el partido VOX contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid, de 10 de mayo de 2015, desestimatorio de la petición de intervención de ese partido en el debate organizado para el 11 de mayo de 2015 en Telemadrid.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid. No resulta contrario a los principios de pluralismo político, igualdad y proporcionalidad, la organización de un debate electoral en la Televisión de la Comunidad Autónoma de Madrid en el que junto a los representantes de las cuatro formaciones políticas que obtuvieron representación en la Asamblea de Madrid en las últimas elecciones equivalentes, participen representantes de dos formaciones políticas que, no habiéndose presentado a las ultimas elecciones equivalentes, no obstante, obtuvieron en el ámbito de la Comunidad de Madrid en las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014 más de 100.000 votos. Debe tenerse en cuenta que la formación recurrente, que tampoco se presentó a las últimas elecciones equivalentes, tan solo obtuvo 81.405 votos. El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Este Acuerdo será notificado por la Junta Electoral Provincial de Madrid a los interesados.

Descriptores de materia:

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RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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