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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 08/06/2015

Núm. Acuerdo: 336/2015

Núm. Expediente: 293/566

Autor: Directora del Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Objeto:

Recurso interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha de 20 de mayo de 2015, en relación con la denuncia formulada contra el Consejero de Presidencia y Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno de Castilla-La Mancha, por las manifestaciones vertidas en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de 9 de abril de 2015.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha por los siguientes motivos:

1º.- No cabe apreciar que exista vulneración del derecho de defensa consagrado en el artículo 24 de la Constitución española puesto que los hechos declarados probados en el pliego de cargos dirigido a la autoridad sancionada son idénticos a los que se incluyen en la resolución que pone fin al expediente sancionador.

2º.- En lo que se refiere al fondo del asunto, de una parte, la publicación en la web institucional de la Comunidad Autónoma en período electoral de las declaraciones del Portavoz de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que junto a información sobre los acuerdos del Consejo de Gobierno se refirió a los logros realizados por dicho Consejo en materia de teleasistencia sanitaria, cabe considerarla, como hizo la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, como una campaña de logros o realizaciones contraria al artículo 50.2 de la LOREG. Y de otra parte, se ha sancionado al alto cargo que el referido Consejo de Gobierno considera responsable de dicha web. En consecuencia, cabe considerar ajustado a Derecho el Acuerdo de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Este Acuerdo será notificado por la Junta Electoral de Castilla-La Mancha a los interesados.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha 2015

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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