Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 10/09/2015
Núm. Acuerdo: 398/2015
Núm. Expediente: 283/715
Autor: | Representante General del partido político Unidos por la Solidaridad Internacional (UNIDOS SI) |
Objeto:
Solicitud de que se acuerde impedir el uso de la denominación "Junts pel Si" por parte de una coalición electoral dada la similitud con las siglas del partido "Unidos SÍ", en virtud del artículo 46.4 de la LOREG.
Acuerdo:
Comunicar que las denuncias por irregularidades en la presentación de candidaturas en las elecciones al Parlamento de Cataluña deben presentarse ante la Junta Electoral Provincial correspondiente en el plazo previsto en el artículo 47.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, y contra la proclamación de candidaturas por la respectiva Junta Electoral Provincial cabe interponer recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la LOREG. En consecuencia, en esta materia no cabe recurso administrativo electoral ante la Junta Electoral Central, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la LOREG.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento de Cataluña 2015
Descriptores de materia:
DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS - Irregularidades