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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/10/2015

Núm. Acuerdo: 440/2015

Núm. Expediente: 360/127

Autor: Sr. Secretario de la Junta Electoral de Zona de Gandía (Valencia)

Objeto:

Expediente sancionador 1/2015 incoado por la Junta Electoral de Zona de Gandía en sesión de 21 de abril de 2015, contra Alcalde de Gandía, por determinadas infracciones electorales, imponiéndole una multa de 450 euros por cada una de las siete infracciones cometidas (3.150 euros en total), por vulneración del artículo 50.2 de la LOREG.

Acuerdo:

La Junta Electoral de Zona de Gandía notificó el 1 de septiembre de 2015 al entonces Alcalde de Gandía, que procediera al pago de las siete multas de 450 euros por cada una de las infracciones electorales que se detallaban en los correspondientes expedientes sancionadores. En relación con la notificación de las referidas sanciones impuestas por la Junta Electoral de Zona de Gandía, debe aclararse que al tratarse la multa de un ingreso de Derecho Público, la gestión recaudatoria corresponde, en período voluntario, a las Delegaciones de Economía y Hacienda de la Administración del Estado, de conformidad con el artículo 3.1 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio.

En su virtud, siendo firme el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Gandía de 20 de julio de 2015, se acuerda remitir a la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de Valencia, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, certificación de las siete sanciones impuestas al citado Sr. Alcalde, por un importe total de 3.150 euros (tres mil ciento cincuenta euros), al objeto de que por la misma se proceda a la emisión de la correspondiente carta de pago al no tener acceso esta Junta Electoral Central a la aplicación informática correspondiente para su tramitación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.1 del Reglamento General de Recaudación, indicándole que deberá comunicar a esta Junta el momento en que se produzca el pago correspondiente. El presente acuerdo se notificará al interesado a los efectos oportunos.

Descriptores de materia:

ALCALDES

INFRACCIONES Y DELITOS ELECTORALES

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