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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/12/2015

Núm. Acuerdo: 585/2015

Núm. Expediente: 293/667

Autor: Representante de Vox

Objeto:

Recurso interpuesto por la formación política VOX contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Huelva de 10 de diciembre de 2015, relativo a la programación de entrevistas en Canal Sur TV.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Huelva. En el presente caso la formación política recurrente no obtuvo representación parlamentaria por la provincia de Huelva, ni tampoco alcanzó el mínimo de un 5 por ciento de los votos en procesos electorales posteriores que le hubiese permitido ostentar la condición de grupo político significativo; por consiguiente, la Junta Electoral Provincial de Huelva, con su decisión se limitó a aplicar las previsiones normativas contempladas en el artículo 66 de la LOREG y en la Instrucción 4/2011 de la Junta Electoral Central. Dicha Instrucción, en contra de lo señalado por el recurrente en su escrito, goza de la fuerza normativa que dimana del artículo 66 de la LOREG.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Este Acuerdo será notificado por la Junta Electoral Provincial de Huelva a los interesados.

Otros acuerdos JEC relacionados:

84/2011 (sesión:24/03/2011)

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2015

Descriptores de materia:

ENTREVISTAS Y DEBATES

GRUPO POLÍTICO SIGNIFICATIVO

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

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