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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 03/02/2016

Núm. Acuerdo: 19/2016

Núm. Expediente: 354/289

Autor: Candidata a Concejal

Objeto:

Renuncia a continuar como candidata en la lista electoral del 24 de mayo de 2015 del Partido Popular de Alcalá de Henares.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central ha acordado ya (vid Acuerdos de 19 de mayo de 1977 y 13 de julio de 2003) que en las candidaturas de lista no se votan nombres, sino listas de nombres; los escaños obtenidos se adjudican globalmente a las listas y su reparto se efectúa por orden de colocación en éstas (...).

Por consiguiente, en lo que aquí interesa, el escrito por el que la señora H. M. manifiesta su voluntad de no continuar de candidata en la lista del Partido Popular al Ayuntamiento de Alcalá de Henares, teniendo en cuenta que se han celebrado ya las elecciones locales a las que concurrió, debe interpretarse como una mera declaración de intenciones que habrá de ser confirmada en caso de que sea llamada a ocupar el cargo de concejal por producirse la baja de los candidatos que la preceden en dicha lista.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2015

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Renuncia

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