Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 13/04/2016
Núm. Acuerdo: 46/2016
Núm. Expediente: 320/302
Autor: | Particulares |
Objeto:
Comunica que es competencia de la Junta Electoral Central la tramitación de su solicitud de indemnización por daños y perjuicios por la actuación de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos en relación con su solicitud de voto por correo, ante la contestación remitida por la Secretaría de esta Junta.
Acuerdo:
Comunicar al interesado que la exigencia de responsabilidad por los supuestos daños y perjuicios que puedan haber sido causados por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, en la medida en que dicha sociedad estatal, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 176/1998, de 16 de febrero, goza de personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar y autonomía de gestión, deberá plantearse directamente a la referida entidad.
Descriptores de materia:
VOTO POR CORRESPONDENCIA - Irregularidades