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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/05/2016

Núm. Acuerdo: 87/2016

Núm. Expediente: 283/746

Autor: Partit Comunista del Poble de Catalunya

Objeto:

Solicitud para que las certificaciones expedidas por las Juntas Electorales Provinciales acreditativas de firmas avalando la presentación del Partit Comunista del Poble de Catalunya en las Elecciones Generales del 20 de diciembre de 2015, sean válidas para las Elecciones Generales de 26 de junio de 2016.

Acuerdo:

El artículo 169.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que: "los partidos, federaciones o coaliciones que no hubieran obtenido representación en ninguna de las Cámaras en la anterior convocatoria de elecciones necesitarán la firma, al menos, del 0,1% de los electores inscritos en el censo electoral de la circunscripción por la que pretenden su elección. Ningún elector podrá prestar su firma a más de una candidatura".

De conformidad con dicho precepto resulta necesaria la recogida de avales por los partidos, federaciones o coaliciones que no obtuvieron representación parlamentaria para poder presentarse a unas nuevas elecciones, aunque las anteriores se hayan celebrado recientemente.

Trasladar este acuerdo a las Juntas Electorales Provinciales y a las de Ceuta y Melilla.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2016

Elecciones a Cortes Generales 2015

Descriptores de materia:

ELECCIONES GENERALES

FIRMAS Y AVALES

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