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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/11/2016

Núm. Acuerdo: 264/2016

Núm. Expediente: 354/334

Autor: Sra. Gerente del Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta (CREAMA).

Objeto:

Consulta relativa a la posible situación de incompatibilidad de concejal del Ayuntamiento de Denia por participar en un expediente de selección de personal en el Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta (CREAMA).

Acuerdo:

1º) No corresponde a esta Junta proceder al enjuiciamiento de situaciones concretas producidas dentro del ámbito de competencias de las Corporaciones Locales, como sucede respecto del examen de incompatibilidades en que puedan incurrir los miembros de las mismas, que es competencia del Pleno de la correspondiente Corporación, máxime cuando carece de información suficiente para resolver dichas cuestiones.

2º) La función de la Junta debe limitarse a la interpretación de las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General o en la normativa de desarrollo de ésta.

3º) Ocupar un puesto de la plantilla de un consorcio del que forma parte un Ayuntamiento, que lo financia, en opinión de esta Junta, incurre en el supuesto de incompatibilidad previsto en el artículo 178.2.b) de la LOREG, por tratarse de personal de una entidad dependiente del Ayuntamiento. No obstante, ello no impide que el interesado puede optar a dicho puesto y de obtenerlo realizar la opción prevista en el artículo 178.3 de la LOREG.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad

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