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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/11/2016

Núm. Acuerdo: 267/2016

Núm. Expediente: 354/351

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Armilla (Granada)

Objeto:

Escrito de una candidata de la lista presentada por "Ahora Sí Podemos Armilla" en ese municipio, Dª María Pilar Pérez Bueno, desvinculándose de esa formación política.

Acuerdo:

Comunicar que la Junta Electoral Central tiene reiteradamente declarado que en las candidaturas de lista no se votan nombres, sino listas de nombres, los escaños obtenidos se adjudican globalmente a las listas y su reparto se efectúa por orden de colocación en éstas. Por consiguiente, el escrito debe interpretarse como una mera declaración de intenciones que habrá de ser confirmada en caso de que sea llamada a ocupar el cargo de concejal por producirse la baja de los candidatos que la preceden en dicha lista (Ac. de 19 de mayo de 1977, 13 de julio de 2003 y 3 de febrero de 2016, entre otros). En ese caso, a la Junta Electoral Central habrá de remitirse certificado de la referida comparecencia personal ante el Sr. Secretario de la Corporación ratificándose en su renuncia a tomar posesión como Concejal.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Renuncia

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