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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/12/2017

Núm. Acuerdo: 168/2017

Núm. Expediente: 359/286

Autor: Sr. Secretario Provincial del Partido Popular de Palencia

Objeto:

Consulta sobre la compatibilidad del cargo de Alcalde Pedáneo gestor en la entidad local menor de Población de Soto (Nogal de las Huertas-Palencia), con el de Alcalde de Nogal de las Huertas.

Acuerdo:

1.- No corresponde a esta Junta proceder al enjuiciamiento de situaciones concretas producidas dentro del ámbito de competencias de las Corporaciones Locales, como sucede respecto del examen de incompatibilidades en que puedan incurrir los miembros de las mismas, que es competencia del Pleno de la correspondiente Corporación, máxime cuando carece de información suficiente para resolver dichas cuestiones.

2.- La función de la Junta debe limitarse a la interpretación de las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General o en la normativa de desarrollo de ésta.

3.- Esta Junta considera que el ordenamiento jurídico vigente no establece una incompatibilidad entre el cargo de alcalde de un municipio y el de alcalde pedáneo gestor de una entidad local menor.

Descriptores de materia:

ALCALDES - Incompatibilidad

ALCALDES PEDÁNEOS - Incompatibilidad

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