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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 11/04/2019

Núm. Acuerdo: 172/2019

Núm. Expediente: 281/319

Autor: Sr. Representante legal de Renovació Política

Objeto:

Reclamación de la formación política Renovació Política por la utilización de su logo por la candidatura AVANT para las elecciones generales y a Les Corts Valencianes de 28 de abril de 2019.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Valencia.

Como se pone de relieve en el informe de la Junta Electoral Provincial, del que se dará traslado al recurrente, la Administración electoral no es el órgano competente para dirimir controversias sobre el uso de marcas registradas en la Oficina Española de Marcas y Patentes, sino que cualquier pretensión en esa materia debe plantearse ante el Juzgado de lo Mercantil competente.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición del recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3 a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De este Acuerdo se dará traslado por la Junta Electoral Provincial de Valencia a los interesados.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Generales 2019 Abr

Descriptores de materia:

DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

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