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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 11/04/2019

Núm. Acuerdo: 173/2019

Núm. Expediente: 293/906

Autor: Sr. Representante Provincial del Partido Popular

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partido Popular contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Badajoz de fecha 27 de marzo de 2019, por el que se desestima su denuncia contra el Presidente de la Junta de Extremadura por hacer alusiones a los logros conseguidos en la rueda posterior al Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2019.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Badajoz, dado que no se acredita que las manifestaciones efectuadas por el Presidente de la Junta de Extremadura vulneren la prohibición de campaña de logros que establece el artículo 50.2 de la LOREG; antes al contrario -como bien se señala en el informe de la Junta Electoral Provincial de Badajoz, del que se dará traslado al recurrente-, el Presidente respondía a preguntas y requerimientos de la prensa, dado el interés de los medios de comunicación para conocer los pormenores de una determinada acción de gobierno, sin que de sus palabras se deduzcan connotaciones electoralistas que supongan la vulneración del mencionado precepto de la LOREG.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De este Acuerdo se dará traslado por la Junta Electoral Provincial de Badajoz a los interesados.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Generales 2019 Abr

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

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RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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