Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 11/04/2019
Núm. Acuerdo: 175/2019
Núm. Expediente: 293/911
Autor: | Sr. Representante General de Nueva Canarias-Nueva Gran Canaria |
Objeto:
Recurso interpuesto por Nueva Canarias-Nueva Gran Canaria contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas de 1 de abril de 2019, en relación con la distribución de espacios para publicidad electoral en la Radio Televisión Pública del Ayuntamiento de Mogán.
Acuerdo:
Desestimar el recurso de referencia y confirmar el acuerdo adoptado por la Junta Electoral Provincial de Las Palmas, dado que -como se pone de relieve en la fundamentación de dicho acuerdo-, de conformidad con el apartado 2 del Artículo Único de la Ley Orgánica 14/1995, de 22 de diciembre, de publicidad electoral en emisoras de televisión local por ondas terrestres, las emisoras gestionadas por los Ayuntamientos no distribuirán espacios gratuitos de propaganda electoral en elecciones distintas a las municipales. Dicha Ley Orgánica es posterior a la LOREG, sin que exista ninguna contradicción entre una y otra norma.
El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
De este Acuerdo se dará traslado por la Junta Electoral de Las Palmas a los interesados.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Generales 2019 Abr
Descriptores de materia:
ESPACIO GRATUITO
JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
RECURSOS CONTENCIOSOS-ADMINISTRATIVOS