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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 04/03/2019

Núm. Acuerdo: 33/2019

Núm. Expediente: 321/468

Autor: Sr. Representante General del Partido Popular

Objeto:

Consulta sobre la posibilidad de realizar por los electores inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y en el Censo de Residentes Temporalmente Ausentes (ERTA), por medio de correo electrónico, la solicitud de voto para las elecciones generales, locales, autonómicas y europeas, convocadas para el 28 de abril y 26 de mayo de 2019 respectivamente.

Acuerdo:

Comunicar que conforme a la normativa vigente no es posible acceder a lo solicitado.

En el caso de la solicitud del voto de los electores residentes de forma permanente en el extranjero, esta puede formularse mediante correo postal o fax, así como por vía telemática, con el código facilitado por la Oficina del Censo Electoral. Dicho código, además, será el mismo para todos los procesos electorales a los que se refiere la consulta.

En lo que se refiere a la solicitud de voto de los españoles residentes temporalmente en el extranjero, el Real Decreto 1621/2007 exige que se realice de forma presencial ante las Oficinas consulares correspondientes, previa identificación del elector, en términos análogos a lo dispuesto en la LOREG para el voto por correo realizado dentro del territorio nacional.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Generales 2019 Nov (Cortes Generales)

Elecciones Locales 2019

Elecciones al Parlamento Europeo 2019

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

ELECCIONES SIMULTÁNEAS

INTERNET Y OTROS MEDIOS ELECTRÓNICOS

RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

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