Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 04/03/2019
Núm. Acuerdo: 33/2019
Núm. Expediente: 321/468
Autor: | Sr. Representante General del Partido Popular |
Objeto:
Consulta sobre la posibilidad de realizar por los electores inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y en el Censo de Residentes Temporalmente Ausentes (ERTA), por medio de correo electrónico, la solicitud de voto para las elecciones generales, locales, autonómicas y europeas, convocadas para el 28 de abril y 26 de mayo de 2019 respectivamente.
Acuerdo:
Comunicar que conforme a la normativa vigente no es posible acceder a lo solicitado.
En el caso de la solicitud del voto de los electores residentes de forma permanente en el extranjero, esta puede formularse mediante correo postal o fax, así como por vía telemática, con el código facilitado por la Oficina del Censo Electoral. Dicho código, además, será el mismo para todos los procesos electorales a los que se refiere la consulta.
En lo que se refiere a la solicitud de voto de los españoles residentes temporalmente en el extranjero, el Real Decreto 1621/2007 exige que se realice de forma presencial ante las Oficinas consulares correspondientes, previa identificación del elector, en términos análogos a lo dispuesto en la LOREG para el voto por correo realizado dentro del territorio nacional.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Generales 2019 Nov (Cortes Generales)
Elecciones Locales 2019
Elecciones al Parlamento Europeo 2019
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto
ELECCIONES SIMULTÁNEAS
INTERNET Y OTROS MEDIOS ELECTRÓNICOS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO