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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 04/04/2019

Núm. Acuerdo: 124/2019

Núm. Expediente: 281/315

Autor: Representante de En Marea

Objeto:

Recurso interpuesto por el partido político En Marea contra Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de A Coruña de 29 de marzo de 2019, en relación con su escrito de impugnación de la denominación de la coalición En Común-Unidas Podemos (Podemos-EU-Mareas En Común-Equo)

Acuerdo:

Desestimar el recurso de referencia, dado que la denominación controvertida no vulnera el artículo 46.4 de la LOREG. En este sentido, según se desprende del Registro de Partidos Políticos, los partidos políticos "En Marea" y "Mareas en común" se encuentran inscritos legalmente, coexistiendo ambas denominaciones con las de, al menos, una docena de partidos que incluyen el término "marea" en su denominación.

Además, en contra de lo que alega el recurrente, la denominación registrada "Mareas en común" identifica a un partido cuyo nombre se integra en la denominación "En Común-Unidas Podemos (Podemos-EU-Mareas en común-Equo)", que permite diferenciar dicha coalición del partido político "En Marea".

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De este Acuerdo se dará traslado por la Junta Electoral Provincial de A Coruña al interesado.

Descriptores de materia:

DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS - Irregularidades

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