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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 25/04/2019

Núm. Acuerdo: 257/2019

Núm. Expediente: 293/988

Autor: Sr. Representante del Partido Popular

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partido Popular contra el acuerdo de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha de 21 de abril de 2019, por el que se desestima la petición de suspensión del acto institucional organizado por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas para el día 3 de mayo de 2019 consistente en la entrega de condecoraciones.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el acuerdo de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha por los siguientes motivos:

1. El acto institucional cuya suspensión se solicita es un acto reglado, previsto normativamente, cuya celebración se efectúa todos los años el día 28 de abril, por lo que su realización el día 3 de mayo no puede considerarse elegida con fines electoralistas.

2. No corresponde a la Administración Electoral suspender anticipadamente, con carácter cautelar, la celebración de actos institucionales; sin perjuicio de ello, las autoridades públicas saben que, durante el proceso electoral, en dichos actos deben respetarse los principios de imparcialidad y neutralidad de los poderes públicos que dimanan de los artículos 103.1 de la Constitución Española y 50.2 de la LOREG.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De este Acuerdo se dará traslado por la Junta Electoral de Castilla-La Mancha a los interesados.

Descriptores de materia:

ACTOS INSTITUCIONALES

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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