Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 28/04/2019
Núm. Acuerdo: 282/2019
Núm. Expediente: 209/283
Autor: | Sr. Secretario de la Plataforma Millán Astray |
Objeto:
Reclamación para que se paralice hasta después de las elecciones la modificación de la denominación de las calles por aplicación de la Ley de Memoria Histórica.
Acuerdo:
Desestimar la reposición y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Central, de 4 de abril de 2019, porque como ya se indicaba en dicho Acuerdo: "no se acreditan suficientemente las incidencias que el cambio de nombre en las calles, objeto de la denuncia, ocasionaría al normal desarrollo del proceso electoral"; en este sentido, no se aportan en el último escrito indicios nuevos o más precisos de los que ya se señalaban en el escrito inicial. Finalmente, debe consignarse que no corresponde a la Junta Electoral Central resolver los conflictos que puedan dimanar de la aplicación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura.
El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Otros acuerdos JEC relacionados:
140/2019 (sesión:04/04/2019)
Descriptores de materia:
ACTOS INSTITUCIONALES
DENUNCIAS Y RECLAMACIONES