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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/05/2019

Núm. Acuerdo: 345/2019

Núm. Expediente: 293/1039

Autor: Radio Televisión de la Región de Murcia

Objeto:

Recurso interpuesto por la Radiotelevisión de la Región de Murcia contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Murcia de 9 de mayo de 2019, en relación con el Plan de Cobertura informativa respecto a la coalición Cambiar La Región de Murcia (Izquierda Unida Verde+Anticapitalista).

Acuerdo:

Desestimar el recurso por los motivos siguientes:

1. La función de las Juntas Electorales en relación con la cobertura de la campaña electoral por los medios de comunicación de titularidad pública, como señala el artículo 66 de la LOREG, se limita a resolver las reclamaciones y recursos que las formaciones concurrentes a las elecciones puedan presentar contra las decisiones de los órganos de administración de los referidos medios. De ello se infiere que no corresponde a la Administración electoral ni dirigir esa cobertura electoral ni siquiera aprobar los planes de cobertura que los medios puedan realizar. Por el contrario su competencia se circunscribe a decidir si las actuaciones impugnadas por los representantes de las candidaturas vulneran los principios de pluralismo político y social, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa, expresamente garantizados por el citado artículo 66.

2. La Junta Electoral Provincial de Murcia otorgó a la Coalición Cambiar la Región de Murcia la condición de grupo político significativo en relación con la cobertura informativa de la Radiotelevisión de la Región de Murcia (RTVRM) para las elecciones a la Asamblea de la Región, basándose en los resultados de la coalición La Izquierda Plural a las elecciones europeas de mayo de 2014, en las que alcanzó el 9,79% de los votos válidos en la Región, superando así el umbral de 5% exigido por el número 2.3 del punto cuarto de la Instrucción 4/2011.

3. El referido número 2.3 del punto cuarto de la Instrucción 4/2011 establece que "se reconocerá la condición de grupo político significativo a aquellas formaciones políticas concurrentes a las elecciones de que se trate que, pese a no haberse presentado a las anteriores equivalentes o no haber obtenido representación en ellas, con posterioridad, en recientes procesos electorales y en el ámbito territorial del medio de difusión, haya obtenido un número de votos igual o superior al 5% de los votos válidos emitidos".

4. La Coalición Cambiar la Región de Murcia es de nueva creación, pero integra en su seno a la formación Izquierda Unida que, en coalición con otras formaciones, se presentó a las elecciones autonómicas de mayo de 2015 sin obtener representación. En las elecciones generales posteriores de 2015, 2016 y 2017, Izquierda Unida se presentó a las elecciones en coalición con Podemos y Equo, que en estas elecciones autonómicas, a su vez, se presentan coaligadas entre ellas y en concurrencia con la coalición de la que forma parte Izquierda Unida.

Debido a la fluidez de las composiciones de las diferentes coaliciones en las recientes contiendas electorales, resulta imposible determinar el peso de cada una de las formaciones integradas dentro de la coalición Unidas Podemos. Por ello, parece razonable por parte de la Junta Electoral Provincial de Murcia tomar como referencia los resultados de las últimas elecciones europeas, por ser las últimas en las que se da la circunstancia que Izquierda Unida se integra en una coalición separada de la formada por Podemos y Equo, permitiendo así una valoración más certera del peso de la formación Izquierda Unida en coalición con los Verdes, con los que también se han coaligado en las actuales elecciones autonómicas.

Es cierto que las elecciones europeas de 2014 se celebraron con anterioridad a las regionales de 2015, pero debe primar en este caso el hecho de que constituyen las últimas elecciones de ámbito del medio autonómico en el que Izquierda Unida y Los Verdes compiten de forma diferenciada respecto de Podemos y Equo. Esta interpretación de la Junta Electoral Provincial es acorde con el principio de pluralismo, y por ello debe mantenerse para atribuir a la coalición la consideración de grupo político representativo.

Por otra parte, en las elecciones europeas de 2014, Izquierda Unida y los Verdes se presentaron en una coalición denominada La Izquierda Plural, de la que formaban parte otras formaciones, tales como Iniciativa per Catalunya Verds, Esquerra Unida i Alternativa, Anova, Espazo Ecosocialista Galego, Batzarre, Gira Madrid, Construyendo la izquierda, Ezkerreko Ekimena. Ninguna de estas formaciones se presenta en el ámbito propio de la Región de Murcia en las elecciones a la Asamblea de Murcia de mayo de 2019, por lo que es lícito atribuir sus resultados en la Región de Murcia a la actual Coalición Cambiar la Región de Murcia.

Dicha coalición de La Izquierda Plural, de ámbito estatal, obtuvo 9,73% del voto válido en la Región de Murcia, y como dichos resultados pueden ser atribuidos a la actual Coalición Cambiar la Región de Murcia, ésta supera el umbral de 5% para ser considerado como grupo político significativo a efectos de la cobertura informativa que debe brindar la RTVRM.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De este Acuerdo se dará traslado por la Junta Electoral Provincial de Murcia a los interesados.

Otros acuerdos JEC relacionados:

84/2011 (sesión:24/03/2011)

Proceso electoral asociado:

Elecciones a la Asamblea Regional de Murcia 2019

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

GRUPO POLÍTICO SIGNIFICATIVO

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA

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