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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 06/06/2019

Núm. Acuerdo: 473/2019

Núm. Expediente: 310/383

Autor: Junta Electoral Provincial de La Rioja

Objeto:

Elevación a la Junta Electoral Central del Acuerdo de la Junta Electoral en relación con la solicitud de Unidas Podemos Izquierda Unida Equo para que sean consideradas válidas en La Rioja las papeletas de Elkarrekin Podemos-Unidas Podemos Cambiar Europa.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central, en su sesión celebrada el día 21 de mayo de 2019, ante una consulta análoga, adoptó el siguiente Acuerdo:

Como tiene declarado la Junta Electoral Central, en defensa de la efectividad del derecho de sufragio de los electores, en las elecciones al Parlamento Europeo han de considerarse como válidos los votos emitidos en una papeleta completa, es decir, que incluya la totalidad de los candidatos y, en su caso, los suplentes, en Comunidades Autónomas en las que una entidad política haya hecho uso de lo dispuesto en los artículos 221.4 y 222 de la LOREG. Asimismo deben considerarse válidos los votos expresados en papeletas de entidades políticas que se hayan acogido a los citados preceptos utilizando el modelo oficial correspondiente a una Comunidad Autónoma distinta (Ac. de 26 de mayo de 1994, 13 de mayo de 1999, 24 de mayo de 2004 y 8 de mayo de 2014).

Este Acuerdo fue trasladado a las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento y traslado a las Juntas Electorales de Zona, que debían comunicarlo a las correspondientes Mesas Electorales.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 2019

Descriptores de materia:

ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO

PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES

VOTOS VÁLIDOS Y NULOS

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