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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 10/11/2019

Núm. Acuerdo: 721/2019

Núm. Expediente: 293/1178

Autor: Plataforma en Derecho de la Libertad de Información

Objeto:

Reclamación contra Vox formulada por la Plataforma en Derecho de la Libertad de Información, relativa a que dicha formación política denegará acreditaciones a periodistas de determinados medios de comunicación para impedir que hagan seguimiento de sus actos en campaña electoral.

Acuerdo:

1.- Comunicar a la solicitante que el criterio de la Junta Electoral Central en esta materia es el que se adoptó en la Resolución del pasado 8 de noviembre de 2019, de la que se le dará traslado para su conocimiento.

2.- Desestimar el resto de solicitudes porque no se ajustan a las competencias de la Junta Electoral Central; todo ello sin perjuicio de la facultad, individual y colectiva, que tienen los presuntamente afectados de acudir a los tribunales ordinarios para asegurar la eficacia de sus derechos fundamentales y, singularmente, de los que derivan del artículo 20 de la Constitución.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

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