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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 09/05/2019

Núm. Acuerdo: 751/2019

Núm. Expediente: 341/534

Autor: Sr. Representante General de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía

Objeto:

Solicitud de que se apliquen a su candidatura los resultados electorales del partido UPyD así como los derechos que pudiese tener esta formación que no se presenta a las elecciones al Parlamento Europeo

Acuerdo:

No procede acceder a lo solicitado puesto que UPyD es una formación política distinta del partido Ciudadanos y no concurre en coalición con esta última, por lo que no le puede resultar aplicables ni los resultados obtenidos por aquella formación en las últimas elecciones equivalentes ni los derechos relativo a anticipo de derechos electorales que aquella pudiera tener. En los artículos 61 y 127bis de la LOREG respecto a espacios gratuitos o al derecho a recibir anticipos de subvenciones electorales tienen un carácter objetivo y se refieren a resultados obtenidos por cada formación en las últimas elecciones equivalentes, sin que circunstancias como la suscripción de un acuerdo político o la integración como candidato de quien en el anterior proceso electoral pertenecía a la otra formación pueda modificar este criterio legal. Únicamente en el supuesto de que ambas formaciones hubiesen integrado una coalición electoral cabría acceder a lo solicitado.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 2019

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

ESPACIO GRATUITO

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Anticipos

RESULTADOS ELECTORALES

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