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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 01/07/2020

Núm. Acuerdo: 119/2020

Núm. Expediente: 330/255

Autor: Junta Electoral Provincial de A Coruña

Objeto:

Eleva consulta con motivo del escrito presentado por VOX sobre la utilización de mascarillas con logo incorporado de la bandera de España por parte de apoderados y miembros de las mesas electorales durante la jornada electoral.

Acuerdo:

1.- La utilización de las mascarillas de referencia, incorporando la bandera de España, en cuanto que símbolo oficial de la Nación, utilizable por todos los ciudadanos y que, de por sí, carece de connotaciones propagandísticas no infringe el artículo 93 de la LOREG.

A ello debemos añadir que, tratándose de un símbolo oficial, no puede identificarse la bandera como signo distintivo del que pueda pretender apropiarse partido político alguno.

2.- Sin perjuicio de lo anterior, esta Junta reitera su criterio, formulado en el Acuerdo 148/2016, de 15 de junio, en el sentido de que:

"El artículo 93 de la LOREG establece que ni en los locales electorales, ni en sus inmediaciones se podrá realizar propaganda electoral de ningún género. La identificación discreta de los apoderados e interventores de las formaciones políticas constituye una excepción al artículo 93, pero en esa excepción no cabe amparar el derecho a que las formaciones políticas diseñen un uniforme o vestimenta específica para sus apoderados o interventores, dado el sesgo propagandístico que esa uniformidad colectiva comporta."

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Galicia - Julio 2020

Descriptores de materia:

APODERADOS E INTERVENTORES

EMBLEMAS

JORNADA ELECTORAL

MESAS ELECTORALES

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