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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/09/2020

Núm. Acuerdo: 157/2020

Núm. Expediente: 251/640

Autor: Sra. Secretaria del Ayuntamiento de Villamejil (León)

Objeto:

Consulta si los cargos electos de la Corporación municipal pueden percibir subvenciones ofertadas por la misma en régimen de concurrencia competitiva y si las normas sobre incompatibilidad en la contratación resultan aplicables a la materia de subvenciones.

Acuerdo:

No corresponde a la Junta Electoral Central interpretar la Ley General de Subvenciones, aun cuando dicha ley se remita a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General a la hora de exceptuar las personas que no pueden ser beneficiarias de una subvención.

En relación con la segunda cuestión ya tuvo ocasión de recordar la Junta Electoral Central en su Acuerdo de 27 de septiembre de 2007, que tampoco corresponde a esta Junta interpretar la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; todo ello en la medida en que la Junta Electoral Central no es competente para resolver las cuestiones de régimen interno de las corporaciones locales ni revisar la legalidad de sus acuerdos.

Descriptores de materia:

ADMINISTRACIÓN LOCAL

INCOMPATIBILIDAD

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