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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 28/01/2021

Núm. Acuerdo: 74/2021

Núm. Expediente: 293/1204

Autor: Sr. Representante General del Partit Nacionalista de Catalunya

Objeto:

Criterio interpretativo para la consideración de "grupo político significativo" a efectos de su inclusión en los planes de cobertura informativa de los medios públicos de comunicación.

Acuerdo:

La Instrucción de la Junta Electoral Central 4/2011, en su redacción dada por la Instrucción 1/2015, consideró como criterio para reconocer la condición de grupo político significativo a formaciones políticas que no concurrieron a las anteriores elecciones equivalentes o no obtuvieron en ellas representación, que en recientes procesos electorales y en el ámbito territorial del medio de difusión, hayan obtenido un número de votos igual o superior al 5% de los votos válidos emitidos.

Se trata de un criterio objetivo, basado en el apoyo de los electores en procesos electorales recientes que además es utilizado de forma preferente por la legislación electoral.

Por el contrario, esta Junta entiende que el criterio propuesto por la formación solicitante, basado en la aparición de un candidato en los medios de comunicación, carece de la objetividad necesaria para poder considerarlo como criterio alternativo al de la referida Instrucción.

En todo caso, debe recordarse que la citada Instrucción prevé también la cobertura informativa de la campaña de formaciones políticas que no concurrieron a las anteriores elecciones equivalentes o no obtuvieron representación en ellas, aun cuando no se les pueda reconocer la condición de grupo político significativo, si bien dicha cobertura no podrá ser igual o superior a la dedicada a las que vean reconocida la condición de grupo político significativo.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Otros acuerdos JEC relacionados:

84/2011 (sesión:24/03/2011)

128/2015 (sesión:15/04/2015)

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 2021

Descriptores de materia:

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PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA

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