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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 08/04/2021

Núm. Acuerdo: 209/2021

Núm. Expediente: 354/558

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Huerta de Arriba (Burgos)

Objeto:

Consulta sobre los candidatos que ocuparían las vacantes de concejal si dimitieran en bloque los integrantes del grupo municipal del Partido Popular.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central tiene reiteradamente declarado que sólo le corresponde pronunciarse sobre casos concretos y reales y no sobre supuestos hipotéticos (Ac 23 de junio de 1988, 16 de febrero de 2005, 27 de febrero de 2014, 31 de octubre de 2017, entre otros).

El artículo 184 f) de la LOREG aplicable a los municipios de población inferior a 250 habitantes no sometidos a régimen de Concejo Abierto señala que "En caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia de un concejal la vacante será atribuida al candidato siguiente que más votos haya obtenido".

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Expulsión o separación

CONCEJALES - Vacantes

GRUPOS MUNICIPALES

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