Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/07/2021

Núm. Acuerdo: 307/2021

Núm. Expediente: 293/1242

Autor: Policía Local. Ayuntamiento de Lloret de Mar (Girona)

Objeto:

Traslada denuncias sobre infracciones de la LOREG en materia de propaganda electoral por la pegada de carteles en zonas no autorizadas con motivo de las elecciones al Parlamento de Cataluña de 14 de febrero de 2021.

Acuerdo:

Esta Junta ya ha tenido ocasión de señalar que: "Cumplida la obligación legal por el Ayuntamiento de poner a disposición los soportes para la colocación gratuita de carteles, el control de las decisiones de las corporaciones locales en cuanto a espacios comerciales autorizados no corresponde a la Administración Electoral, salvo que se puedan contravenir los principios acogidos en el artículo 8 de la LOREG." (Acuerdo de 24 de mayo de 1995). Y que: "La Administración Electoral carece de competencia para el enjuiciamiento y sanción, en su caso, de los incidentes que se denuncien por entidades políticas producidos con ocasión de la colocación de carteles. La competencia corresponde a la jurisdicción ordinaria." (Acuerdos de 3 de marzo de 1986 y 7 de septiembre de 2014).

Así pues, visto el relato de hechos que se consigna en el acta policial del caso que nos ocupa, y en aplicación del criterio seguido en los precedentes mencionados, procede comunicar al Ayuntamiento de Lloret de Mar que es la propia Administración Municipal la que, en su caso, resulta competente para sancionar las posibles contravenciones de la normativa local en materia de colocación de carteles en los espacios públicos pertenecientes a su demarcación territorial; en tanto que, en aplicación del artículo 8 de la LOREG, corresponde intervenir a la Administración Electoral únicamente en aquellas ocasiones en que de la denuncia formulada resulte que se vean comprometidos los principios de transparencia y objetividad del proceso electoral, así como el principio de igualdad entre las diferentes formaciones políticas que participen en el mismo, cosa que no se acredita en el supuesto planteado.

Otros acuerdos JEC relacionados:

233/1986 (sesión:03/03/1986)

707/1995 (sesión:24/05/1995)

218/2014 (sesión:11/09/2014)

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 2021

Descriptores de materia:

ADMINISTRACIÓN ELECTORAL

ESPACIO GRATUITO

INFRACCIONES Y DELITOS ELECTORALES

PROPAGANDA ELECTORAL - Irregularidades

   Volver