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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 09/12/2021

Núm. Acuerdo: 392/2021

Núm. Expediente: 251/660

Autor: Particulares

Objeto:

Consulta sobre el posible conflicto de intereses o incompatibilidad de un concejal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, por ser Concejal Delegado de Atención al Ciudadano, Contratación y Asuntos Jurídicos y presidente de la comunidad de propietarios de una urbanización del municipio.

Acuerdo:

Con carácter general, esta Junta tiene reiteradamente declarado que no le corresponde proceder al enjuiciamiento de situaciones concretas producidas dentro del ámbito de competencias de las corporaciones locales, como sucede respecto del examen de incompatibilidades en que puedan incurrir los miembros de las mismas, que es competencia del Pleno de la correspondiente corporación. Tampoco es competencia de la Junta Electoral Central elaborar informes jurídicos sobre asuntos de competencia municipal. La función de la Junta debe limitarse a la interpretación de las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General o en la normativa de desarrollo de ésta.

Descriptores de materia:

ADMINISTRACIÓN LOCAL

CONCEJALES - Incompatibilidad

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

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