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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 24/02/2022

Núm. Acuerdo: 46/2022

Núm. Expediente: 293/1256

Autor: Sr. Representante del Partido del Progreso de Ciudades de Castilla y León

Objeto:

Recurso interpuesto por el representante del Partido del Progreso de Ciudades de Castilla y León, contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Castilla y León de 13 de febrero de 2022, por el que se resuelve su denuncia presentada con motivo de una información periodística referida a las elecciones a las Cortes de Castilla y León de 13 de febrero de 2022, emitida en el programa "24 horas" de Radio Nacional de España el 9 de febrero de 2022, sobre las candidaturas de la llamada "España Vaciada" y de la agrupación de electores "Soria Ya".

Acuerdo:

Inadmitir el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea.

El artículo 21.2 de la LOREG señala que los recursos contra los acuerdos de las Juntas Electorales deben interponerse dentro de las 24 horas siguientes a la notificación del acuerdo y ante la Junta que lo hubiere dictado.

Según consta en el informe de la Junta Electoral de Castilla y León, del que se dará traslado al recurrente, el acuerdo objeto de impugnación se notificó a las 11:49 horas del día 14 de febrero, y el recurso se presentó ante dicha Junta el 16 de febrero, a las 14:47 horas.

La Instrucción de la Junta Electoral Central 11/2007, de 27 de septiembre, sobre procedimiento de tramitación de los recursos contra los acuerdos de las Juntas Electorales, señala en su apartado Segundo que el plazo previsto en el artículo 21 de la LOREG debe entenderse que concluye al día siguiente de aquél en que se notificó el acuerdo, con independencia de la hora exacta en que se produjo dicha notificación. En el presente caso, el recurso debía haberse interpuesto el día 15 de febrero, por lo que al no hacerlo debe inadmitirse por extemporáneo.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

De este Acuerdo se dará traslado por la Junta Electoral de Castilla y León a los interesados.

Otros acuerdos JEC relacionados:

/ (sesión:27/09/2007)

Proceso electoral asociado:

Elecciones a las Cortes de Castilla y León 2022

Descriptores de materia:

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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