Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 31/03/2022
Núm. Acuerdo: 62/2022
Núm. Expediente: 354/610
Autor: | Sr. Alcalde Pedáneo de la E.L.M. de Valdeajos (Sargentes de la Lora-Burgos) |
Objeto:
Consulta relativa al nombramiento del sustituto del vocal obligatorio de la junta vecinal de Valdeajos, tras prosperar una moción de censura.
Acuerdo:
Visto que en la candidatura del Partido Socialista Obrero Español en la entidad local menor de Valdeajos figura la designación de un candidato suplente y que, según tiene reiteradamente declarado esta Junta Electoral Central, el artículo 59 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de régimen local de Castilla León establece que los vocales de la junta vecinal serán nombrados por el alcalde pedáneo, excepto en el supuesto de que a la alcaldía hubieran concurrido varias candidaturas, en cuyo caso el candidato a alcalde pedáneo que hubiera obtenido el segundo lugar en número de votos será proclamado vocal, siendo sustituido por el suplente de su misma candidatura, corresponde a don David Hidalgo Hidalgo cubrir la vacante de vocal tras la renuncia.
Descriptores de materia:
ENTIDADES LOCALES MENORES
MOCIÓN DE CENSURA
VOCALES DE JUNTAS VECINALES - Sustitución