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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/02/2023

Núm. Acuerdo: 28/2023

Núm. Expediente: 122/48

Autor: Sr. Letrado de la Admón. de Justicia del Servicio Común Procesal de Ordenación del Procedimiento Civil y Órganos Colegiados de la Audiencia Provincial de Murcia

Objeto:

Consulta sobre el letrado de la Administración de Justicia que ha de ocupar el cargo de secretario de la Junta Electoral Provincial de Murcia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 10.4 de la LOREG y del nuevo modelo de oficina judicial.

Acuerdo:

La cobertura del puesto de secretario de las Juntas Electorales Provinciales es regulada en el artículo 10.4 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. La aplicación de dicho precepto debe hacerse en consonancia con las previsiones que se contienen en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Actualmente se está tramitando en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley 121/098, de eficiencia organizativa del servicio público de justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para la implantación de los tribunales de instancia y las oficinas de justicia en los municipios. En dicho Proyecto de Ley se incluye una disposición final primera, que modifica en esta materia la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Por consiguiente, la Junta Electoral Central considera que lo más oportuno en este momento es dejar pendiente -hasta tanto concluya la tramitación legislativa del mencionado Proyecto de Ley- la resolución de la consulta planteada.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

LEGISLACIÓN ELECTORAL

SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Designación

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