Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/02/2023

Núm. Acuerdo: 611/2023

Núm. Expediente: 261/414

Autor: Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático del Principado de Asturias

Objeto:

Modelos de actas a utilizar en las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias y en las parroquias rurales del ámbito territorial del Principado de Asturias, el 28 de mayo de 2023.

Acuerdo:

1.- En relación con los modelos de actas a utilizar en las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias, aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a propuesta de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático del Principado de Asturias, los modelos de actas a utilizar por las Mesas electorales: de escrutinio y de sesión; y los modelos de actas a utilizar por las Juntas Electorales: de constitución, de escrutinio, de sesión del escrutinio general y de proclamación de electos, así como los modelos de actas de constitución y de escrutinio del voto de los residentes ausentes en el extranjero, con la siguiente observación:

- En el acta de constitución de la Junta para el escrutinio general, deberá señalarse "quinto día siguiente al de la votación", por la modificación del artículo 103 LOREG, llevada a cabo por la Ley Orgánica 12/2022.

- Para dar cumplimiento a la nueva redacción del artículo 75.14 LOREG es necesario modificar el acta de escrutinio para la votación de los residentes ausentes en el extranjero, a fin de posibilitar la publicidad de los datos del voto recibido en cada Junta Electoral Provincial desglosados por consulado de emisión. A tal efecto, se remite el modelo que ha confeccionado el Ministerio del Interior, el cual se ajusta a la normativa vigente, en el que debe constar la firma de los asistentes al escrutinio del voto CERA en cada página del acta.

2.- Asimismo, aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a propuesta de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático del Principado de Asturias, los modelos de actas a utilizar en las elecciones a las parroquias rurales por las Mesas electorales: de escrutinio y de sesión; y los modelos de actas a utilizar por las Juntas Electorales: de constitución, de escrutinio, de sesión y de proclamación, con la siguiente observación:


- En todos los modelos de actas hay que eliminar la referencia a la "circunscripción electoral" con la llamada a pie de página, ya que la circunscripción electoral es la parroquia rural.

- Las actas de constitución y de sesión de la Junta para el escrutinio general son únicas para cada proceso electoral, por lo que debe eliminarse la referencia a la circunscripción, concejo y parroquia rural.

- En el acta de constitución de la Junta para el escrutinio general, igualmente deberá señalarse "quinto día siguiente al de la votación", por la modificación del artículo 103 LOREG, llevada a cabo por la Ley Orgánica 12/2022.

3.- Trasladar el presente acuerdo a la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático del Principado de Asturias, que ordenará la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a la Junta General del Principado de Asturias 2023

Elecciones Locales 2023

Descriptores de materia:

ELECCIONES SIMULTÁNEAS

MODELOS DE ACTAS

   Volver