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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 03/05/2023

Núm. Acuerdo: 154/2023

Núm. Expediente: 293/1352

Autor: Sr. Representante general solidario de la coalición electoral Drago Verdes Canarias

Objeto:

Recurso interpuesto por el representante general de la coalición Drago Verdes Canarias contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Canarias de 26 de abril de 2023, relativo a la designación de miembros de la Comisión de Control de Radio y Televisión en relación con las elecciones al Parlamento de Canarias de 28 de mayo de 2023.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral de Canarias por los siguientes motivos:

1.- El objeto del recurso lo constituye el Acuerdo de la Junta Electoral de Canarias de 26 de abril de 2023 de designación de miembros de la Comisión de Control de Radio y Televisión, a efectos de las elecciones al Parlamento de Canarias del próximo 28 de mayo de 2023. La formación recurrente considera que la no inclusión de su formación en esa Comisión no está ajustada a Derecho puesto que el partido político Verdes Equo Canarias, que integra la coalición electoral recurrente Drago Verdes Canarias, concurrió a las anteriores elecciones integrada en la coalición "Sí Podemos Canarias", y alcanzó un escaño por la circunscripción autonómica. Considera además que su candidatura es especialmente trascendente desde el punto de vista de su significación política y social, pues las encuestas reconocen la posibilidad de obtener representación en el Parlamento de Canarias; a lo que añaden que está liderada por el diputado en el Congreso de los Diputados don Alberto Rodríguez Rodríguez, cuya candidatura contó con el respaldo en las últimas elecciones generales en la circunscripción provincial de Santa Cruz de Tenerife de 64.300 votos.

2.- El artículo 26.1 de la Ley 1/2022, de 11 de mayo, de Elecciones al Parlamento de Canarias, señala que la distribución de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública se realizará por la Junta Electoral de Canarias, a propuesta de una Comisión de Control de Radio y Televisión designada por la propia Junta e integrada por una persona representante de cada partido, federación, coalición o agrupación que concurra a las elecciones y tenga representación en el Parlamento.

En consecuencia, conforme a dicha normativa legal, solo aquellos partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que, además de concurrir a las elecciones, obtuvieron representación en el Parlamento de Canarias en las últimas elecciones tienen derecho a formar parte de esa Comisión.

3.- La aplicación de este criterio al presente caso conduce a la desestimación del recurso. La propia formación recurrente no invoca que el partido político Verdes Equo Canarias alcanzase representación parlamentaria en las últimas elecciones equivalentes sino el hecho de formar parte de una coalición electoral que sí tuvo representación parlamentaria. La Junta Electoral Central tiene reiteradamente declarado que en el supuesto de que uno de los partidos integrantes de una coalición en un proceso electoral se presentase en un proceso posterior de forma independiente o en otra coalición, solo podrá considerarse que éste tuvo representación parlamentaria si efectivamente alguno de los escaños obtenidos lo consiguió un miembro de ese partido. Al no tratarse de ese caso, no es posible exigir la participación de esa nueva coalición electoral en la Comisión de Radio y Televisión, sin que argumentos como la supuesta significación política o social de una candidatura, atendiendo a la valoración que de ella hagan las encuestas electorales, o el hecho de haber obtenido escaño en el Congreso de los Diputados de su líder político pueda llevar a la inaplicación de lo dispuesto en la Ley Electoral de Canarias.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Canarias 2023

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

COMISIÓN DE RADIO Y TELEVISIÓN

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