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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 10/05/2023

Núm. Acuerdo: 173/2023

Núm. Expediente: 293/1367

Autor: Sra. Representante General de Coalición Canaria

Objeto:

Recurso interpuesto por Coalición Canaria contra el Plan de cobertura informativa de la Corporación RTVE para las elecciones locales de 28 de mayo de 2023.

Acuerdo:

1.- El recurso planteado por Coalición Canaria se limita a solicitar a RTVE la inclusión de espacios informativos en los canales internacionales del medio, televisión internacional y radio exterior de España. Considera que con su omisión el medio público no está facilitando la participación de la ciudadanía residente en el exterior como derecho fundamental consagrado en el artículo 23 de la Constitución. Añade que la reciente modificación del artículo 75 de la LOREG por la Ley Orgánica 12/2022 pretendió dar respuesta a las demandas de la colectividad española en el exterior, ante los bajos índices de participación real en anteriores procesos electorales, concluyendo que no tiene sentido llevar a cabo esa modificación si no se hace llegar el mensaje y las propuestas de las formaciones políticas que se presentan al proceso electoral.

2.- A este recurso no se han presentado alegaciones por otras formaciones electorales.

3.- RTVE, en su escrito de alegaciones considera que en los términos en que se ha presentado el Plan de cobertura Informativa se respeta el derecho fundamental de participación política en condiciones de igualdad establecido en el artículo 23 de la Constitución. Recuerda que la información y las entrevistas electorales que elaboran los servicios informativos de televisión se pueden ver en otras plataformas ya sea en directo o en diferido como el canal internacional, la plataforma RTVE play, You Tube, Twitter... Lo mismo sucede con Radio Nacional de España, ya que Radio Exterior replica la señal que se produce en el circuito nacional Por otra parte subraya que en el canal internacional de Radio Exterior de España solo pueden emitir la programación nacional, pues resulta técnicamente imposible ofrecer en el ámbito internacional la producción que se hace en cada comunidad Autónoma, ya que se necesitarían diecisiete antenas distintas de distribución y RTVE no tiene los medios técnicos para ello. Finalmente recuerda el problema de los diferentes husos horarios que plantea la programación del canal internacional de Televisión Española, lo que debe ser tenido en cuenta a efectos de la limitada repercusión que en determinados continentes puede tener esta programación

4.- La Junta Electoral Central tiene reiteradamente declarado que los medios de titularidad pública gozan de autonomía para fijar las bandas horarias que permitan las disponibilidades técnicas y organizativas del mismo. Únicamente en aquellos casos en los que estas franjas horarias resultan desproporcionadamente discriminatoria y carentes de justificación objetiva las juntas electorales pueden requerir al medio para que las modifique (Acuerdos de 1 de mayo de 2004, 25 de octubre de 2006, 28 de abril de 2014, entre otros). Estos mismos criterios son aplicables también a los diferentes canales de que disponen los entes públicos de comunicación.

En el escrito de RTVE, del que se dará traslado a la formación recurrente, se da una respuesta razonable que, a juicio de esta Junta, permite considerar que los canales y bandas horarias planteadas en el Plan de Cobertura no vulneran el derecho fundamental recogido en el artículo 23 de la Constitución. En consecuencia, el recurso debe ser desestimado.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Otros acuerdos JEC relacionados:

169/2006 (sesión:23/10/2006)

91/2014 (sesión:28/04/2014)

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2023

Descriptores de materia:

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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