Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 11/04/2024
Núm. Acuerdo: 102/2024
Núm. Expediente: 132/151
Autor: | Sr. Presidente de la Junta Electoral de Zona de Santiago de Compostela |
Objeto:
Consulta sobre el mantenimiento de la secretaria de la Junta Electoral de Zona de Santiago de Compostela para las elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024, por cambio del juzgado decano.
Acuerdo:
El artículo 11.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General especifica que: "El Secretario de la Junta Electoral de Zona es el Secretario del Juzgado de Primera Instancia correspondiente, y si hubiera varios, el del Juzgado Decano".
Por consiguiente, si la persona que ostentaba el cargo de secretario de la Junta Electoral de Zona ha perdido la condición en cuya virtud fue nombrada, como ya indicó la Junta Electoral Central en su Instrucción 9/2019, de 25 de septiembre, deberá ocupar el puesto de secretario de la Junta Electoral de Zona el letrado de la Administración de Justicia que en el momento de la convocatoria electoral ocupe la plaza correspondiente del juzgado decano, todo ello sin perjuicio de que la persona afectada pueda renunciar voluntariamente a ocupar ese puesto.
Otros acuerdos JEC relacionados:
569/2019 (sesión:25/09/2019)
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento Europeo 2024
Descriptores de materia:
ELECCIONES SUCESIVAS
SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Sustitución