Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 30/01/1979
Núm. Acuerdo: 17/1979
Núm. Expediente: 000/79013010
Autor: | Junta Electoral Provincial de Cádiz |
Objeto:
La Junta Electoral Provincial de Cádiz consulta sobre posible inelegibilidad para Concejal de oficial de Justicia del Distrito.
Acuerdo:
La Junta acuerda que el art.7.1.c) de la Ley de Elecciones Locales declara inelegibles a los "miembros de la carrera judicial y fiscal que se hallen en situación de servicio activo, incluidos los de la Justicia Municipal"; un precepto limitativo como el transcrito no puede interpretarse extensivamente, por lo que la inelegibilidad de los miembros de la carrera judicial alcanza sólo a los jueces (incluidos los de la Justicia municipal) y magistrados, pero no a un oficial de la Administración de Justicia.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1979
Descriptores de materia:
CONCEJALES - Elegibilidad