Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 22/02/1989
Núm. Acuerdo: 8/1989
Núm. Expediente: 000/89022202
Autor: | Ayuntamiento de Policar (Granada) |
Objeto:
El Ayuntamiento de Policar (Granada) consulta sobre incompatibilidad entre los cargos de concejal y Fiscal sustituto de Juzgado de Paz.
Acuerdo:
La Junta acuerda comunicar al citado Ayuntamiento que a la vista de lo dispuesto en el art. 6.1.h) de la LOREG y en el art. 57.3 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, deberá conceder al concejal afectado un plazo de ocho días para optar entre uno y otro cargo, entendiéndose que renuncia al nombramiento judicial si no hace uso de la opción en el indicado plazo.
Descriptores de materia:
CONCEJALES - Incompatibilidad
JUECES DE PRIMERA INSTANCIA Y DE PAZ