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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/01/1997

Núm. Acuerdo: 11/1997

Núm. Expediente: 251/102

Objeto:

Consulta sobre incompatibilidad del cargo de concejal del Ayuntamiento y la actividad de profesor asociado de Universidad con el desempeño del cargo de Vicepresidente de la Comisión del Mercado de Valores.

Acuerdo:

Trasladar que, dado que el artículo 37.1 del Real Decreto 1994/1996, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, establece que los miembros del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones están sujetos al régimen de incompatibilidades de los Altos Cargos de la Administración, el cargo de Vicepresidente debe considerarse comprendido entre los equiparados a los altos cargos contemplados en el artículo 6.1.f) de la LOREG y, por tanto, inelegible para el cargo de concejal conforme al artículo 177 de la misma Ley e incompatible con dicho cargo a tenor del artículo 178.1; en cuanto a la condición de Profesor Asociado de Universidad, no aparece la misma entre los cargos o actividades incompatibles con el cargo de concejal, sin que corresponda a esta Junta Electoral Central pronunciarse sobre la incompatibilidad de dicha actividad con el cargo de Vicepresidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Elegibilidad

CONCEJALES - Incompatibilidad

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