Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 02/06/1997

Núm. Acuerdo: 71/1997

Núm. Expediente: 251/115

Autor: Representante General del Partido Popular

Objeto:

Consulta Partido Popular (PP), sobre si un Alcalde que ha sido condenado por sentencia firme pierde su condición de concejal por estar incurso en una causa de inelegibilidad contemplada en el artículo 6.2 de la LOREG.

Acuerdo:

Trasladar que las causas de inelegibilidad, que lo son también de incompatibilidad con arreglo al artículo 178.1 de la LOREG, han de tener, en cuanto causas de incompatibilidad, el mismo alcance con el que la Ley las configura como causas de inelegibilidad.

En consecuencia, dado que el artículo 6º.2.a) de la LOREG establece que son inelegibles los condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad en el período que dure la pena, hay que entender que la incompatibilidad opera también en el mismo período, es decir, con el efecto de suspensión pero no pérdida del cargo público mientras dure la pena, y ello tanto si el afectado se encuentra efectivamente en prisión como si está en otra situación.

Descriptores de materia:

ALCALDES - Incompatibilidad

ALCALDES - Inhabilitación o suspensión

SENTENCIAS Y AUTOS

   Volver