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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 02/06/1997

Núm. Acuerdo: 70/1997

Núm. Expediente: 251/114

Autor: Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Soria

Objeto:

Consulta del Ayuntamiento de Soria, sobre si concurre causa de incompatibilidad con la condición de concejal en el desempeño de las profesiones de Abogado y Arquitecto en relación con determinados asuntos urbanísticos.

Acuerdo:

Trasladar que, en relación con los supuestos consultados y sin perjuicio de las causas de abstención y recusación que pudieran resultar de aplicación en determinados asuntos, cuestión ajena a la competencia de esta Junta Electoral Central, la única incompatibilidad prevista al respecto es la contemplada en el artículo 178.2.a) de la LOREG, relativa a los Abogados y Procuradores que dirijan o representen a partes en procedimientos judiciales o administrativos contra la Corporación, con excepción de las acciones a que se refiere el artículo 63.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local, sin que las causas de incompatibilidad legalmente previstas puedan interpretarse extensivamente o ser aplicadas por analogía.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad

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