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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/03/1999

Núm. Acuerdo: 57/1999

Núm. Expediente: 281/65

Autor: Esquerra Republicana de Catalunya

Objeto:

Diversas consultas sobre derecho a espacios gratuitos en medios de titularidad pública.

Acuerdo:

Los criterios que en cuanto a espacios gratuitos de propaganda electoral establece la LOREG en relación con las entidades políticas concurrentes a las anteriores elecciones equivalentes son de aplicación a dichas entidades política en cuanto tales, cualesquiera que sean las personas que las integren o representen. A los efectos citados, los partidos de nueva creación tienen legalmente el tratamiento previsto para las entidades políticas que no concurrieran a las anteriores elecciones equivalentes. Si una entidad política que en las anteriores elecciones concurrió por sí sola concurre en el siguiente proceso electoral formando parte de una coalición, se aplicarían a ésta los resultados obtenidos en las anteriores elecciones por la entidad política coaligada.

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

ESPACIO GRATUITO

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

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