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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 26/10/2006

Núm. Acuerdo: 172/2006

Núm. Expediente: 292/481

Autor: Representante General de Convergència i Unió

Objeto:

Consulta sobre prohibición de publicación el día de reflexión de entrevistas a candidatos y líderes políticos en activo que ostenten algún cargo institucional, sean o no candidatos.

Acuerdo:

1º.- Que esta Junta ratifica el criterio de Acuerdos anteriores, en particular, el de 10 de junio de 1999, en el sentido de que no cabe publicar entrevistas con candidatos el día anterior al de la votación, por cuanto puede dicha publicación ser considerada acto de campaña y no se trata de actividad de información, como es la de la referencia a actos de campaña celebrados el día anterior al de reflexión y publicados en dicho día, por cuanto esa publicación sí puede considerarse amparada por la libertad de expresión e información reconocida en el artículo 20 de la Constitución.

2º.- En cuanto a quienes no sean candidatos pero ostenten cargos institucionales o estén vinculados con entidades políticas concurrentes a las elecciones, no cabe tampoco publicar entrevistas con dichas personas, si, a través de las mismas, se puede producir, de modo directo o indirecto, influencia en el sentido del voto de los electores, en contra de lo previsto en el párrafo primero del artículo 53 de la LOREG.


3º.- Todo ello, sin perjuicio de las demás previsiones de la LOREG en relación con el día de reflexión.

Descriptores de materia:

ENTREVISTAS Y DEBATES

JORNADA DE REFLEXIÓN - Irregularidades

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