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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/09/2011

Núm. Acuerdo: 554/2011

Núm. Expediente: 283/573

Autor: Representante de PSM-Entesa Nacionalista de Mallorca

Objeto:

Consulta sobre interpretación del apartado 3.4 de la Instrucción 7/2011 de 15 de septiembre de 2011.

Acuerdo:

1) El punto tercero, apartado cuarto de la Instrucción 7/2011 de 15 de septiembre de 2011 establece que "en el supuesto de que una formación política presente en una misma circunscripción candidaturas al Congreso de los Diputados y al Senado no será precisa una presentación por duplicado de los avales".

2) Esta regla general tiene como presupuesto la coincidencia en la circunscripción para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado. Esta circunstancia no se produce en el caso de las elecciones en el Senado respecto a las provincias insulares en las que no coincide la circunscripción en ambas Cámaras, puesto que en el Senado son las islas que determina el artículo 69. 3 de la Constitución Española.

3) En la medida en que el artículo 169. 3 de la LOREG exige que el avalista deba ser elector inscrito en el censo electoral de la circunscripción por la que pretenda su elección una formación política, debe entenderse que en el caso de las elecciones al Senado en las provincias de Illes Balears, Las Palmas y Tenerife, el cumplimiento del requisito previsto en el citado artículo exige que en cada una de las islas se presenten los avales que incluyan la firma de quienes sean electores en la correspondiente isla.

4) Por otra parte, el punto quinto, apartado séptimo de la Instrucción establece que ningún avalista puede prestar su firma a más de una candidatura para el proceso electoral. Al tratarse de elecciones distintas, no existe óbice para que un elector avale con su firma una candidatura al Congreso y otra al Senado.

De este acuerdo se dará traslado a las Juntas Electorales Provinciales de Illes Balears, Las Palmas y Tenerife.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2011

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Avales y firmas

INSTRUCCIONES DE LA JEC

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