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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 22/05/2014

Núm. Acuerdo: 164/2014

Núm. Expediente: 293/398

Autor: Sr. Representante General del Partido Socialista Obrero Español

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partido Socialista Obrero Español contra Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Toledo de 19 de mayo de 2014, de revocación del Acuerdo adoptado por la Junta Electoral de Zona de Talavera de la Reina, sobre visita de la Presidenta de la Comunidad Autónoma a una fábrica en construcción.

Acuerdo:

Estimar parcialmente el recurso y revocar el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Toledo por entender que los hechos denunciados suponen vulneración del apartado 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Esta Junta ha llegado a esta decisión tras haber ponderado circunstancias concurrentes en el presente caso: según consta en el expediente, las instalaciones de la empresa privada que fueron objeto de la visita realizada por la Presidenta de Castilla-La Mancha se encontraban en suelo dotacional público; además, la citada Presidenta es también Secretaria General del Partido Popular, formación concurrente a las elecciones al Parlamento Europeo; el acto tuvo un seguimiento por los medios de comunicación en su condición de máxima autoridad de la Comunidad Autónoma; finalmente, el contenido de las declaraciones de la citada autoridad reflejan una expresa alusión a los logros obtenidos por la formación política a la que pertenecía dicha Presidenta, con indudables connotaciones electoralistas.

En conjunto de circunstancias escritas llevan a considerar que se ha incurrido en la prohibición a los poderes públicos durante el periodo electoral de realizar campaña de logros o realizaciones mediante actos organizados o financiados directa o indirectamente por éstos, prevista en el artículo 50.2 de la LOREG, sin que, por las circunstancias concurrentes proceda la apertura de expediente sancionador.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

Este Acuerdo será notificado por la Junta Electoral de Toledo a los interesados.


RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

** STS 4197/2015, de 9 de octubre, en el recurso nº 382/2014, interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, contra el acuerdo 164/2014, de 11 de junio, de la Junta Electoral Central, en relación con infracción de la prohibición a los poderes públicos durante el periodo electoral de realizar campaña de logros. [Fallo: NO HA LUGAR]

Ver sentencia

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