Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 15/04/2015
Núm. Acuerdo: 121/2015
Núm. Expediente: 282/109
Autor: | Ilmo. Sr. Director de la Oficina del Censo Electoral |
Objeto:
Consulta sobre certificación de agrupaciones de electores en elecciones locales.
Acuerdo:
1.- La Junta Electoral Central en su reunión de 24 de mayo de 1995, en relación con la posibilidad de los Secretarios de los Ayuntamientos de poder expedir certificados de inscripción en el censo para los interventores acordó lo siguiente: "Comunicar que los Secretarios de los Ayuntamientos en cuanto custodios y garantes de las listas del censo electoral pueden expedir los certificados de inscripción en el censo electoral de los ciudadanos que así lo requieran para concurrir a las Mesas electorales como interventores todo ello sin perjuicio de la atribución de dicha función certificante a los Delegados Provinciales de la Oficina del Censo Electoral."
2.- Dicho criterio resulta aplicable a las certificaciones de inscripción en el censo electoral a los efectos de presentación de candidaturas de agrupaciones de electores en unas elecciones locales. De este Acuerdo se dará traslado a las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento y traslado a las Juntas Electorales de Zona.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 2015
Descriptores de materia:
AGRUPACIONES DE ELECTORES