Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 24/05/2015

Núm. Acuerdo: 255/2015

Núm. Expediente: 339/115

Autor: Sra. Representante General de Coalición Canaria

Objeto:

Solicitud de que se ordene a todos los medios de comunicación la desconexión de la programación nacional destinada al Archipiélago Canario debido a la diferencia horaria antes de la hora del cierre de los colegios electorales.

Acuerdo:

Confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Central de 20 de mayo de 2015 por considerar que para salvaguardar la objetividad y transparencia del proceso electoral, así como el principio de igualdad, no deben difundirse los resultados electorales hasta las 21:00 horas -que es la hora prevista de cierre de los colegios electorales en las Islas Canarias-, extendiéndose esta prohibición a las elecciones a los Parlamentos de las Comunidades Autónomas. Recordar, asimismo, que el artículo 95.3 de la LOREG establece que el escrutinio de las elecciones locales se ha de efectuar antes que el escrutinio de las elecciones autonómicas.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2015

Descriptores de materia:

COLEGIOS ELECTORALES - Cierre

JORNADA ELECTORAL

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

RESULTADOS ELECTORALES - Provisionales

RESULTADOS ELECTORALES - Publicidad

   Volver