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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/06/2016

Núm. Acuerdo: 154/2016

Núm. Expediente: 293/723

Autor: Sra. Secretaria de la Junta Electoral del Territorio Histórico de Bizkaia.

Objeto:

Recurso interpuesto por VOX contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Bizkaia de 9 de junio de 2016, en el que se ratifica en el de 6 de junio por el que se aprueba la propuesta de distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de titularidad pública efectuada por la Comisión de Radio y Televisión.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Bizkaia.

Como se señala correctamente en la Resolución impugnada, el requisito para poder disponer de espacios gratuitos en los medios de titularidad pública en elecciones generales es que la formación electoral presente candidaturas en el 75 por ciento de las circunscripciones comprendidas en el ámbito de difusión o de programación del medio, según establece el artículo 64.2 de la LOREG.

En el presente caso, el partido VOX únicamente ha presentado candidaturas en dos (Araba/Álava y Bizkaia) de las tres circunscripciones comprendidas en el ámbito de difusión de la televisión pública del País Vasco, por lo que no tiene derecho a espacios gratuitos en dicho medio.

Este Acuerdo es firme en la vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2016

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