Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 10/05/2017
Núm. Acuerdo: 40/2017
Núm. Expediente: 201/524
Autor: | Particulares |
Objeto:
Solicitud de la revisión del censo del Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo (Cantabria) y solicitud de expediente administrativo.
Acuerdo:
1º) La revisión del padrón municipal es competencia del correspondiente ayuntamiento y sus decisiones pueden ser objeto de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa. La Junta Electoral Central carece de competencias en dicha materia.
2º) En relación con el expediente administrativo de dicha revisión, el interesado deberá solicitar su acceso al mismo al propio Ayuntamiento o al Instituto Nacional de Estadística dependiendo del documento concreto que recabe.
Descriptores de materia:
CENSO ELECTORAL - Datos
PADRÓN MUNICIPAL