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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/05/2019

Núm. Acuerdo: 347/2019

Núm. Expediente: 293/1041

Autor: Sr. Representante general de Izquierda Unida

Objeto:

Recurso interpuesto por Izquierda Unida contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Aragón de 7 de mayo de 2019, sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en la programación de TVE y RNE en Aragón, de Aragón Televisión y de Aragón Radio, para las elecciones autonómicas y locales convocadas para el 26 de mayo de 2019.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral de Aragón.

Como se pone de relieve en el detallado y completo informe de la Junta Electoral de Aragón, del que se dará traslado al recurrente junto con este Acuerdo, la formación política Izquierda Unida se presentó a las anteriores elecciones locales en la Comunidad Autónoma de Aragón formando parte de tres coaliciones electorales diferentes, y también lo hace ahora en tres coaliciones distintas en cada una de las tres provincias que integran dicha Comunidad Autónoma. Por ello, a efectos de determinar el derecho a espacios gratuitos, cada coalición electoral constituye una entidad política diferente, que tendrá derecho a esos espacios en función del cumplimiento de los requisitos legales.

En el presente caso, como reconoció la Junta Electoral de Aragón, la coalición electoral con la que se presentó en la provincia de Zaragoza, "Zaragoza en Común. Izquierda Unida-Partido GZ-Anticapitalistas Aragón (ZGZ)", al haber presentado candidaturas en municipios que representan más del 50 por ciento de la población de derecho de la Comunidad Autónoma, cumple el requisito previsto en el artículo 188 de la LOREG y se le ha atribuido un tiempo de 30 minutos, por entender que se le debía imputar el 11,12 por ciento de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones locales en el conjunto de la Comunidad Autónoma.

Por el contrario, la coalición electoral "Cambiar: Izquierda Unida-Unidad Popular", que se presenta en la provincia de Huesca, y la coalición electoral "Ganar: Izquierda Unida-Unidad Popular", que se presenta en Teruel, no han presentado candidaturas en un número suficiente de municipios que representen el 50 por ciento de la población de derecho del conjunto de la Comunidad Autónoma, y, en consecuencia, no tienen derecho a espacios en el ámbito autonómico. Así, lo resolvió la Junta Electoral de Aragón y debe ahora confirmarlo esta Junta.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición del recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3 a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Del presente Acuerdo se dará traslado a los interesados por la Junta Electoral de Aragón.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a las Cortes de Aragón 2019

Elecciones Locales 2019

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